- Antecedentes Históricos.
En el parágrafo del artículo 1 del
Decreto 1002 se define el plan de estudios como “el conjunto estructurado de
definiciones, principios, normas y
criterios que en función de los fines de la educación orienta el proceso
educativo mediante la formulación de objetivos por niveles, la determinación
de áreas y modalidades, la organización
del tiempo y el establecimiento de lineamientos metodológicos, criterios de evaluación y pautas de
aplicación y administración.
El currículo de la educación
preescolar comenzó a gestarse en los años 1977 y 1978, cuando por primera vez
se tomó conciencia sobre la necesidad de darle a esta modalidad unos
lineamientos para regular orientar y organizar
la actividad educativa y pedagógica de un establecimiento de preescolar.
En 1987 se dio a conocer el segundo documento, en donde se precisan las áreas
y temas relacionados con el preescolar,
permitiendo un currículo fundamentado tanto teórica como operativamente en lo
que respecta al trabajo pedagógico.
- Antecedentes Legales.
En
Colombia se han establecido políticas
públicas para la primera infancia, para el mejoramiento de la educación en el
preescolar entre las cuales se encuentra
el CONPES 109 del 3 diciembre 2007: Colombia por la primera infancia. La Política se enmarca en el Plan Nacional
de Desarrollo y se refuerza por los
compromisos adquiridos en la Convención Internacional sobre los Derechos de los
Niños.
Otro de los referentes legales es la Ley 115 de 1994 en el artículo 11 referente a los
niveles de educación formal, El literal a) , establece un grado obligatorio para la
educación preescolar,
En el artículo 15, la
define como: “La educación preescolar corresponde a
la ofrecida al niño para su desarrollo en los aspectos biológico, cognoscitivo, psicomotriz, socio-afectivo y espiritual, a través de experiencias de socialización
pedagógicas y recreativas”.
El artículo 16 determina
los objetivos específicos de la educación preescolar.
La ley 1341 de 2009 en su artículo 6o. da
una definición
de tic: “Las
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (en adelante TIC), son el
conjunto de recursos, herramientas, equipos, programas informáticos,
aplicaciones, redes y medios, que permiten la compilación, procesamiento,
almacenamiento, transmisión de información como voz, datos, texto, video e
imágenes” y estipula en su artículo 3o. que el
Estado reconoce que el acceso y uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,
el despliegue y uso eficiente de la infraestructura, el desarrollo de
contenidos y aplicaciones, la protección a los usuarios, la formación de
talento humano en estas tecnologías y su carácter transversal, son pilares para
la consolidación de las sociedades de la información y del conocimiento, lo
cual es fundamental para sentar las bases de la “infraestructura” de la
educación y para este proyecto.
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